REPARTO PARA ENTIDADES – VUR

Ago 25, 2023

¿QUÉ ES EL VUR (Ventanilla Única de Registro Inmobiliario)?

El artículo 89 del Decreto Ley 19 de 2012 precisó que los poderes que versen sobre actos de disposición, gravamen o limitación al dominio de inmuebles, así como sus modificaciones o revocatorias, deberán ser “digitalizados en las Notarías y Consulados y consignados en un repositorio especial creado para tal efecto en la Ventanilla Única de Registro Inmobiliario, VUR, una vez autorizada la escritura pública o la diligencia de reconocimiento de contenido y firma por el Notario o Cónsul…”

¿Cuál es el objetivo?
facilitar a los notarios destinatarios la consulta, la confrontación con la copia física que
tengan en su poder y la verificación de los mismos.

¿Qué debemos saber respecto del cargue de poderes en el VUR?

  1. Que los notarios deberán consignar en el repositorio especial de poderes de la Ventanilla Única de Registro Inmobiliario – VUR todos los poderes que contengan actos de disposición, gravamen o limitación al dominio de inmuebles, así como su modificación o revocatoria.
  2. Que por el cargue del documento contentivo del poder, su modificación o revocatoria, no podrán cobrar ningún valor en atención a lo indicado en la Instrucción Administrativa 22 de 2018.
  3. Y finalmente, que por la firma digital del respectivo documento, los notarios podrán cobrar la tarifa establecida en por dicho concepto.

Otras noticias

Derechos de la Población LGBTIQ+ y la Actividad Notarial

Notinotariado - Boletín # 44 La Superintendencia de Notariado y Registro, con la expedición de la Circular 202, da la indicación TODAS las notarías del país de incluir y facilitar el cambio del componente SEXO para las personas NO BINARIAS en Colombia.Acto basado en...

Trámites de testamentos y sucesiones

¡Ahora puedes consultar online si en alguna Notaría se está adelantado un trámite de sucesión, te contamos cómo! La sucesión por causa de muerte constituye una de las formas de adquirir la propiedad en Colombia y consiste en que, unavez fallecida la persona, se podrá...

Ir al contenido